martes, 29 de octubre de 2019

COMUNICACIÓN


Régimen de Aprobación:

Aprobación DIRECTA (según Reglamento de Estudio, ordenanza nro 1549, inciso 7.2.1).

El alumno que:
  • Cumpla con los requisitos de asistencia (más del 75%).
  • Realice las actividades de formación práctica.
  • Apruebe los 3 parciales (o sus instancias de recuperación) establecidos por la cátedra con una nota mayor o igual a 6.
reunirá las condiciones para alcanzar la aprobación directa de la asignatura.
La calificación definitiva de aprobación directa es la nota promedio de las instancias de evaluación aprobadas. Se redondeará al valor mayor más próximo en caso de promedios con decimales.

Aprobación No DIRECTA (según Reglamento de Estudio, ordenanza nro 1549, inciso 7.2.2).

El alumno que cumpla con los requisitos de asistencia (más del 75%) pero no alcance los objetivos de aprobación directa y obtenga una nota promedio mayor o igual a 5 (cinco) en las dos primeras evaluaciones parciales o en sus instancias recuperatorias, (con ninguna nota menor a 4) obtendrá la condición de alumno regular en la asignatura quedando habilitado para rendir un examen final para la aprobación de la misma.
El examen final tiene las mismas características que las 3 evaluaciones parciales propuestas durante el cursado (práctico/teórico) y debe ser aprobado con una nota mayor o igual que 6.
El alumno que no alcance las condiciones mínimas establecidas para aprobación no directa, podrá realizar una evaluación sustitutiva integradora en las mesas de febrero - marzo del turno posterior al cursado. Si el alumno no aprueba esta evaluación estará en condición de alumno libre y deberá recursar la materia.